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La Justicia de Tierra del Fuego declaró por prescripción y por mayoría la libertad de Abregú, condenado por el femicidio de su expareja embarazada

El Tribunal Superior de Justicia sobreseyó a Ramón Ángel Abregú al considerar que no hubo actos que interrumpieran el plazo de la acción penal. El hombre había sido condenado a 20 años por el homicidio de Eva Azulina Falcón, estuvo prófugo 22 años y se presentó ante la Justicia en 2023.

Por Ricardo TelloPoliciales y judiciales · 26 de septiembre de 2026 · hace 1 h

El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego sobreseyó por mayoría a Ramón Ángel Abregú en la causa caratulada por el homicidio de Eva Azulina Falcón y, en consecuencia, ordenó su inmediata libertad por prescripción de la acción penal. De acuerdo con la investigación, los jueces consideraron que no se configuraron actos concretos que interrumpieran el plazo previsto por la ley para el ejercicio de la persecución penal.

La decisión fue adoptada por los vocales María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez, mientras que el juez Ernesto Löffler se pronunció en contra. El fallo revirtió el criterio que había sostenido el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, donde se había rechazado el pedido de prescripción promovido por la defensa.

El hecho y la condena

El hecho se produjo el 23 de enero de 2000 en un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande, donde Abregú atacó a su expareja, quien se encontraba embarazada. La víctima murió como consecuencia de las lesiones sufridas. El autor fue detenido inmediatamente después del ataque y, en septiembre de 2000, fue condenado a 20 años de prisión.

El 15 de febrero de 2001, el condenado escapó de la unidad penitenciaria donde estaba alojado y permaneció prófugo durante 22 años. En 2023 se presentó ante la Justicia para solicitar la declaración de prescripción de la acción penal.

Los argumentos de la mayoría y de la disidencia

  • Para Battaini, el sobreseimiento en la causa por evasión eliminó la causal de interrupción de la prescripción vinculada con la comisión de otro delito, por lo que el plazo debía computarse sin obstáculos.
  • Muchnik adhirió a ese razonamiento y Diéguez acompañó la misma posición, tomando además como referencia el precedente «Ilarraz» de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, relativo a la prescripción y su vínculo con las garantías constitucionales.
  • Los jueces Eduardo López y Juan José Varela, del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, habían coincidido con el fiscal mayor Martín Bramatti en que la evasión constituía un nuevo delito que continuaba mientras Abregú permaneciera prófugo, y por eso habían rechazado el planteo inicial.
  • En disidencia, Löffler sostuvo que admitir la prescripción resultaba incompatible con las obligaciones de protección y sanción de la violencia contra las mujeres previstas en convenciones internacionales.

La instancia procesal que sigue

Con la firma de la mayoría, el Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento y la libertad inmediata de Abregú. Dado el carácter del pronunciamiento, la cuestión queda firme en el ámbito provincial, sin perjuicio de los recursos extraordinarios que pudieran articularse ante instancias superiores.

RT
Ricardo TelloPoliciales y judiciales

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