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La Suprema Corte de Mendoza cerró la causa contra los rugbiers franceses y la querella quedó sin recurso

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de casación y confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou. La denuncia por abuso sexual, presentada tras un partido internacional en julio de 2024, quedó descartada en las tres instancias judiciales mendocinas. La defensa anticipó acciones legales contra la denunciante y su representante.

Por Ricardo TelloPoliciales y judiciales · 4 de septiembre de 2026 · hace 1 h

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los jugadores de rugby de la selección francesa que habían sido denunciados por abuso sexual en julio de 2024, y cerró de manera definitiva el proceso penal que se tramitó en la provincia cuyana. Con la firma de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio, el máximo tribunal rechazó el recurso de casación que había interpuesto la querella y dejó firme la absolución dispuesta en las instancias anteriores.

El hecho se produjo el 8 de julio de 2024, pocas horas después del encuentro internacional disputado entre las selecciones de Francia y Argentina en Mendoza. Una mujer que había conocido a ambos deportistas en un local bailable los denunció por abuso sexual. Auradou y Jegou permanecieron privados de su libertad durante casi un mes en el marco de la investigación, hasta que la Justicia los autorizó a regresar a su país.

El camino judicial en tres instancias

De acuerdo con la investigación, en diciembre de 2024 la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento de los deportistas bajo la carátula de abuso sexual con acceso carnal. La querella apeló esa resolución y cuestionó la valoración de la prueba y la actuación del Ministerio Público Fiscal. En febrero de 2025, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción de Mendoza confirmó el fallo de primera instancia. El tribunal consideró que la evidencia fílmica, los testimonios recabados, los peritajes médicos y psicológicos, y los mensajes que la denunciante había enviado en las horas y días posteriores habían desvirtuado la hipótesis acusatoria.

La Suprema Corte cerró el proceso en la misma dirección. El tribunal sostuvo que los planteos de la querella no lograron demostrar una valoración arbitraria de la prueba ni individualizaron medidas de prueba pendientes de producción que pudieran revertir el cuadro probatorio. La sentencia añadió que ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que corroborara su versión.

“Los rugbiers han recuperado su prestigio. La mentira no puede ser gratis.”Rafael Cúneo Libarona, abogado de los deportistas

Tras conocerse la resolución, el abogado defensor Rafael Cúneo Libarona sostuvo que la denunciante y su abogada responderán por sus mentiras y por la mala praxis profesional, y anunció que avanzará con acciones legales en ese sentido. El caso, que atravesó las tres instancias judiciales mendocinas, deja a los deportistas definitivamente sobreseídos y abre el siguiente capítulo en el plano civil, donde la defensa ya señaló que evaluará demandar a la querellante.

Próxima instancia procesal

Con el fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, la causa penal se encuentra agotada en el ámbito provincial. La instancia que sigue es la eventual presentación de querellas civiles por parte de la defensa de Auradou y Jegou contra la denunciante y su representante, en el marco de las acciones anunciadas por Cúneo Libarona.

RT
Ricardo TelloPoliciales y judiciales

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