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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y los plazos para volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto 4.329 pensiones por invalidez laboral, mientras que otros 7.008 beneficiarios deben ampliar su documentación médica. Los plazos y las vías para presentarla.

Por Sebastián MalleaMinería · · hace 1 h
Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y los plazos para volver a cobrar

Cuatro mil trescientas veintinueve pensiones por invalidez laboral quedaron suspendidas por decisión de la Secretaría de Discapacidad, que oficializó la medida en el marco de la Resolución 3702/2026. Según explicó el organismo, los titulares alcanzados no presentaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su situación de discapacidad, por lo que el pago de esos beneficios fue dejado sin efecto.

El requisito médico que define el beneficio

Para mantener o recuperar la prestación, la condición central es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO), documento que acredita una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la pensión no puede continuar, de acuerdo con lo establecido por el organismo.

La resolución también deja sin efecto una normativa anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial. En febrero de 2026, la Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia, situación que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa.

Plazos según la situación de cada beneficiario

  • Suspendidos: 4.329 titulares que tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Vencido ese término, la prestación no podrá ser rehabilitada.
  • Intimados: 7.008 beneficiarios que deben ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral, con un plazo de 30 días hábiles.

Vías habilitadas para presentar la documentación

La presentación puede realizarse en oficinas de atención de ANSES, en dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad, a través del formulario de consultas del Ministerio de Salud en argentina.gob.ar o por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), mediante el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”. Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular, y los equipos técnicos lo analizan para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

En el caso de quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el cómputo del plazo comienza con la notificación individual. Reunir el certificado médico dentro de los términos previstos es, según el propio esquema del trámite, el paso decisivo para evitar la pérdida definitiva del cobro.

SM

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