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Martes, 6 de octubre de 2026
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Pity Álvarez: la decisión del Tribunal Oral N.º 29 sobre la continuidad del juicio quedó atada al informe médico

El músico está acusado del homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en julio de 2018. El debate, que se inició el 10 de agosto, permanece suspendido y el acusado se encuentra internado en una clínica psiquiátrica de Castelar.

Por Ricardo TelloPoliciales y judiciales · · hace 2 h
Pity Álvarez: la decisión del Tribunal Oral N.º 29 sobre la continuidad del juicio quedó atada al informe médico

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 29 deberá resolver cómo sigue el proceso contra Pity Álvarez tras recibir un informe médico que evalúa la capacidad del músico para continuar sometido a juicio, en una causa que lo investiga por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en julio de 2018. La UFI a cargo de la instrucción ya había elevado el caso a debate y, de acuerdo con la investigación, el hecho se produjo en el marco de un episodio cuyas circunstancias fueron reconstruidas a lo largo de las audiencias celebradas hasta la suspensión.

Un juicio interrumpido y un acusado que cambia de modalidad

El debate oral comenzó el 10 de agosto y, hasta la interrupción, se habían acumulado 12 audiencias, de las cuales el acusado había presenciado ocho. Durante el desarrollo del proceso se registraron interrupciones y modificaciones en la modalidad de participación del músico, que incluyeron episodios de descompensación y derivaciones a centros de salud. La defensa viene sosteniendo que su defendido no se encuentra en condiciones de afrontar el juicio con sus garantías constitucionales resguardadas, motivo por el cual los jueces resolvieron suspender el debate y requerir una nueva evaluación interdisciplinaria.

El músico permanece internado en una clínica psiquiátrica de Castelar, adonde fue trasladado desde el Hospital Tornú por disposición de un juzgado civil. De acuerdo con la investigación, la defensa plantea que esa internación responde a la necesidad de un tratamiento sostenido y que, mientras se prolongue, resulta inviable retomar la audiencia oral en las condiciones previstas por el Código Procesal Penal.

Los videos que los peritos tuvieron en cuenta

Para la nueva evaluación, el fiscal general Sandro Abraldes presentó tres videos con declaraciones del acusado y pidió que los profesionales pudieran consultar también las grabaciones de las audiencias a las que había asistido, con el objetivo de ampliar el material sobre el que debía elaborarse el dictamen. Los registros incorporados fueron los siguientes:

  • Una entrevista realizada por la periodista Florencia Rodríguez el 26 de agosto, en la antesala del tribunal.
  • Declaraciones del 2 de septiembre, cuando el músico recibió el alta del Hospital Fernández tras una descompensación ocurrida durante una audiencia.
  • Una conversación telefónica que mantuvo con Moria Casán el 29 de septiembre, mientras estaba internado en el Hospital Tornú, en la que habló sobre su situación judicial y sobre las dificultades que había atravesado para conectarse a una audiencia.

Cómo se realizó la evaluación y qué falta

En el examen participaron un psicólogo y un psiquiatra del Cuerpo Médico Forense, junto con los psiquiatras Rafael Herrera Milano y Enrique Gallego, designados por la defensa. El acusado concurrió a la entrevista acompañado por sus abogados y por su madre, en el marco de un encuentro clínico de carácter reservado. La valoración médica de los dichos y de la conducta observada en las audiencias quedará expresada en el informe pericial, cuyo contenido todavía no se había incorporado al expediente al momento de la última información disponible.

Una vez que el dictamen sea agregado al expediente, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 29 deberá resolver si el proceso se reanuda en su modalidad habitual, si se adoptan dispositivos que contemplen la condición del acusado o si corresponde disponer la suspensión del debate por un plazo mayor, en línea con los criterios que establece la legislación procesal para los casos en que se encuentra comprometida la capacidad de estar en juicio.

RT
Ricardo TelloPoliciales y judiciales

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