Un proyecto en el Congreso podría gravar con Ganancias a los CEDEARs y cambiar las reglas para los próximos compradores
La iniciativa elimina la exención vigente para estos certificados que replican activos del exterior, con una alícuota del 15% que alcanzaría solo a las compras desde el 31 de octubre de 2026.
Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que se negocian en el mercado argentino y representan activos extranjeros. Hoy esos instrumentos están alcanzados por la misma exención que rige para los valores negociables argentinos, y la iniciativa busca modificar ese tratamiento.
Qué son los CEDEARs y por qué crecieron
Los CEDEARs se compran y venden en el país, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio se mueve según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero. Esa combinación les permitió ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan una forma de dolarizarse sin salir del sistema local.
Cómo funcionaría el cambio
El proyecto plantea el criterio conocido como transparencia fiscal, o look-through. Según esa lógica, si el activo que está detrás del certificado estuviera gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. La alícuota prevista es del 15%, según la información que brindó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
- La alícuota propuesta es del 15%.
- La nueva regla regiría para los CEDEARs comprados a partir del 31 de octubre de 2026, que es la fecha de corte que fija el texto.
- Quienes ya tienen CEDEARs en cartera no quedarían alcanzados de forma retroactiva.
- Las carteras armadas antes de esa fecha no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
La diferencia que se busca eliminar
Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo. Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones.
El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención sigue vigente.
